Representación gremial
CANAPE representa y defiende los intereses de las cámaras y organizaciones que agrupan a las MIPYMEs del Ecuador ante instancias públicas y privadas.
Cámara Nacional de la Pequeña y Mediana Empresa del Ecuador
CANAPE representa, articula y fortalece a las cámaras provinciales, organizaciones gremiales y entidades vinculadas con las micro, pequeñas y medianas empresas del Ecuador, promoviendo su desarrollo productivo, empresarial e institucional.
Trabajamos para los que generan trabajo.
Quiénes somos
La Cámara Nacional de la Pequeña y Mediana Empresa del Ecuador — CANAPE es una persona jurídica de derecho privado, sin finalidad de lucro, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Tiene duración indefinida y se rige por la normativa constitucional y legal aplicable, por su Estatuto y por su Reglamento Interno.
Su domicilio se encuentra en el Distrito Metropolitano de Quito. Sin perjuicio de ello, CANAPE puede establecer sucursales y desarrolla sus actividades en todo el territorio nacional.
El ámbito de acción de CANAPE consiste en fortalecer los objetivos generales y fines específicos de las Cámaras Provinciales de la Pequeña y Mediana Industria, de las MIPYMEs del Ecuador y de las demás organizaciones legalmente constituidas.
CANAPE representa y defiende los intereses de las cámaras y organizaciones que agrupan a las MIPYMEs del Ecuador ante instancias públicas y privadas.
Promueve la capacitación, la asistencia técnica, el financiamiento y los servicios empresariales orientados al crecimiento de sus miembros.
Impulsa la competitividad, la innovación, la calidad, la tecnología, la investigación y el crecimiento de las unidades productivas afiliadas.
Articula relaciones con organismos públicos, privados, nacionales, internacionales, gremiales y de cooperación en beneficio de sus afiliados.
Marco de acción
Conforme al Artículo 6 del Estatuto, CANAPE orienta su gestión hacia los siguientes objetivos.
Representar oficialmente a las Cámaras Provinciales de la Pequeña y Mediana Industria, a las MIPYMEs del Ecuador y a las demás organizaciones legalmente constituidas.
Prestar servicios empresariales y promover el desarrollo de sus miembros.
Promover la competitividad y el consumo responsable.
Promover la capacitación y el financiamiento del sector.
Promover la investigación, la innovación y el desarrollo tecnológico.
Por su naturaleza, CANAPE no se identifica con objetivos político-partidistas, religiosos ni sindicales; por lo tanto, no puede ser parte de organizaciones con esos caracteres ni permite a sus miembros, funcionarios o empleados utilizar su nombre o sus recursos para dichos fines.
Qué hacemos
De acuerdo con el Artículo 7 del Estatuto, estos son los fines a través de los cuales CANAPE desarrolla su labor gremial y empresarial.
Comunidad institucional
Pueden formar parte de CANAPE las Cámaras Provinciales de la Pequeña Industria y las organizaciones gremiales de micro, pequeños y medianos empresarios que manifiesten su voluntad de pertenecer a la Cámara y cumplan los requisitos establecidos en el Estatuto y el Reglamento.
Tienen todos los derechos inherentes a su calidad de tales cuando cumplen los requerimientos del Estatuto y el Reglamento, han expresado su voluntad de pertenecer a CANAPE y mantienen actualizados sus registros y directivas ante el organismo competente.
Son personas jurídicas nacionales o extranjeras que el Directorio declara como tales, en reconocimiento a su apoyo excepcional a CANAPE. Tienen derecho de voz en las Asambleas Generales.
Pueden ser personas naturales o jurídicas afiliadas a una de las cámaras del país, que lo soliciten y sean aprobadas por CANAPE. No tienen derecho a voto ni a ser elegidas.
Personas jurídicas que suscribieron, a través de sus representantes legales, los documentos de constitución fundacional de CANAPE.
Institucionalidad
La Asamblea General es el máximo organismo de CANAPE; sus decisiones son obligatorias para todos los miembros. La administración corresponde al Directorio, con el respaldo del Directorio Ampliado, el Tribunal de Honor y Disciplina y las Comisiones del Directorio.
Las funciones de ejecución institucional se ejercen a través de la Presidencia, la Vicepresidencia, la Secretaría, la Tesorería, la Dirección Ejecutiva y la Dirección Financiera-Administrativa. Los órganos de control están conformados por los Comisarios designados por la Asamblea General, sin perjuicio de la contratación de auditorías externas permanentes o temporales.
La representación legal, judicial y extrajudicial de CANAPE corresponde a la Presidencia, conforme al Estatuto institucional.
Transparencia
Resumen organizado del Estatuto de CANAPE. El documento oficial completo está disponible para consulta y descarga; en caso de cualquier diferencia, prevalece siempre el texto del PDF oficial.
CANAPE se constituye al amparo de la Constitución de la República, el Código Civil, el Código Orgánico de la Producción y el Reglamento del Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas (SUIOS). Es persona jurídica de derecho privado sin finalidad de lucro, con personalidad jurídica y patrimonio propio, de duración indefinida.
Su ámbito de acción es fortalecer los objetivos y fines de las Cámaras Provinciales de la Pequeña y Mediana Industria, las MIPYMEs del Ecuador y demás organizaciones legalmente constituidas. Su domicilio es el Distrito Metropolitano de Quito, pudiendo establecer sucursales y actuar a nivel nacional.
El Artículo 6 establece los objetivos institucionales (representación, prestación de servicios, competitividad, capacitación, investigación e innovación) y la declaración de independencia frente a fines político-partidistas, religiosos o sindicales. El Artículo 7 detalla veintitrés fines específicos orientados a la incorporación de miembros, la promoción de política pública, la capacitación, la vinculación institucional y la proyección de las MIPYMEs.
Son miembros de CANAPE las Cámaras Provinciales de la Pequeña Industria y las organizaciones gremiales de micro, pequeños y medianos empresarios que manifiesten su voluntad de pertenecer. El Estatuto reconoce miembros fundadores, activos, honorarios y adherentes, y establece que la calidad de miembro no es susceptible de cesión ni traspaso.
El Artículo 11 detalla los derechos de los miembros activos (voz y voto, elegir y ser elegido, acceso a beneficios e información, entre otros) y el Artículo 12 sus obligaciones (lealtad institucional, cumplimiento de cargos, reserva, asistencia a asambleas y pago de aportes). El Artículo 14 regula la pérdida de la calidad de afiliado.
El régimen disciplinario está a cargo, en primera instancia, del Directorio, y en apelación del Tribunal de Honor y Disciplina, salvo los casos de fuero de Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría y Tesorería, en los que la primera instancia corresponde al Tribunal y la apelación a la Asamblea General. Ningún socio puede ser expulsado o suspendido sin garantizarse su derecho a la defensa y al debido proceso.
La elección de Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría, Tesorería y Vocales se realiza en el Directorio conforme al calendario y procedimiento establecidos en el Estatuto.
El gobierno y administración de CANAPE está a cargo de la Asamblea General, el Directorio Ampliado, el Directorio, el Tribunal de Honor y Disciplina y las Comisiones del Directorio. El gobierno y dirección corresponden a la Asamblea General; la administración, al Directorio.
La Asamblea General es el máximo organismo de CANAPE; sus decisiones son obligatorias para todos los miembros. Puede ser ordinaria —prevista dos veces al año, en enero y julio— o extraordinaria, que trata exclusivamente los temas señalados en la convocatoria. Cada afiliado tiene derecho a un voto, y las resoluciones se adoptan con el voto afirmativo de la mitad más uno de los asistentes con derecho a voto, salvo los casos en que el Estatuto exige mayorías especiales.
Entre sus atribuciones, la Asamblea General nombra, posesiona y remueve a los miembros del Directorio; elige a los integrantes del Tribunal de Honor y Disciplina y a los Comisarios; conoce y resuelve sobre el informe de Presidencia, el informe económico, los estados financieros y los informes de control; reforma el Estatuto mediante el procedimiento correspondiente; y adopta las demás resoluciones dentro de sus competencias.
Contenido sujeto a verificación jurídica en el documento oficial: el Estatuto contiene referencias a distintos porcentajes de mayoría para la reforma estatutaria (Art. 32 literal f y Art. 68). Consulte el PDF oficial para el texto vigente.
Está integrado por los miembros del Directorio y por los Presidentes de las Cámaras Provinciales y organizaciones legalmente constituidas. Le corresponde fijar nuevos objetivos generales y fines específicos relacionados con la actividad de CANAPE.
El Directorio es el organismo gremial ejecutivo de CANAPE; administra, orienta, controla y dirige a la institución. Está integrado por Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría, Tesorería y los Presidentes de las Cámaras. Sus miembros son elegidos por el período previsto en el Estatuto. El Directorio se reúne ordinariamente una vez al mes y sus sesiones pueden realizarse mediante medios tecnológicos que permitan verificar la identidad y participación de sus miembros.
La Presidencia ejerce la representación legal, judicial y extrajudicial de CANAPE y preside las sesiones de sus órganos internos. La Vicepresidencia reemplaza a la Presidencia en caso de ausencia y coordina a las Cámaras Provinciales. La Secretaría certifica actas y suscribe convocatorias. La Tesorería administra los recursos junto con la Dirección Financiera y presenta balances periódicos.
Las comisiones pueden ser permanentes (Legislación, Económica, Técnica, Comercio Exterior y Asuntos Sociales) u ocasionales, designadas por el Directorio cuando sean necesarias. Son órganos de asesoramiento y trabajo del Directorio.
Las cámaras u organizaciones afiliadas se agrupan en unidades orgánicas según sus objetivos y fines específicos. La personalidad jurídica de cada una es respetada conforme a sus propios estatutos de creación y reformas.
Los Comisarios son designados por la Asamblea General Ordinaria de enero, entre afiliados en goce de sus derechos, y vigilan el correcto manejo de los recursos económicos de CANAPE, sin perjuicio de la contratación de auditorías externas permanentes o temporales.
La Dirección Ejecutiva es designada por el Directorio y controla la gestión administrativa, la recaudación de cuotas y la tramitación de solicitudes de afiliación. La Dirección Financiera-Administrativa elabora las proformas presupuestarias, dirige la contabilidad institucional y responde por los bienes patrimoniales de CANAPE.
CANAPE mantiene una nómina de miembros activos y honorarios. La pérdida de la calidad de miembro puede producirse por renuncia voluntaria, incumplimiento de obligaciones, extinción de la persona jurídica o expulsión. En todos los casos debe garantizarse el derecho a la defensa y al debido proceso.
La reforma puede solicitarse por el Directorio o por un porcentaje de los miembros activos determinado en el Estatuto. La propuesta debe presentarse a una Asamblea General Extraordinaria.
Contenido sujeto a verificación jurídica en el documento oficial: el texto del Artículo 68 presenta una referencia porcentual que requiere confirmarse en el PDF fuente.
El patrimonio de CANAPE puede estar formado por bienes muebles e inmuebles, cuotas ordinarias y extraordinarias de los afiliados, ingresos generados por eventos y capacitaciones, y otros recursos legalmente asignados a la institución.
Los conflictos entre miembros se resuelven, en primer término, por los órganos internos de CANAPE; de persistir, mediante mediación y, si las partes lo aceptan voluntariamente y por escrito, mediante arbitraje conforme a la normativa aplicable.
CANAPE puede disolverse por causales legales o por decisión de al menos dos terceras partes de sus miembros en Asamblea General convocada al efecto. El destino de los activos restantes, una vez cancelados los pasivos, responde a finalidades de desarrollo empresarial o a las disposiciones legales aplicables.
El Estatuto establece reglas sobre la interpretación provisional de sus normas por el Directorio, su entrada en vigencia a partir del otorgamiento de personalidad jurídica por la autoridad competente, y disposiciones transitorias relacionadas con la expedición del Reglamento General y la regularización de los períodos directivos.
El documento oficial completo del Estatuto de CANAPE está disponible para consulta y descarga en formato PDF.
Los miembros activos de CANAPE se autoconvocaron, en ejercicio de los derechos consagrados en el Estatuto institucional, con el propósito de regularizar la vida institucional de la organización, garantizar su continuidad jurídica y administrativa, y adoptar las resoluciones necesarias conforme al Estatuto. Esta sección presenta la documentación de archivo de dicha convocatoria.
Orden del día
Constatación del quórum e instalación de la Asamblea General Extraordinaria.
Designación de Director ad hoc y Secretario ad hoc de la Asamblea para la conducción de la sesión.
Conocimiento y aprobación de inclusión y exclusión de socios.
Elección y posesión de la nueva Directiva de CANAPE, por el período previsto en el Estatuto.
Resoluciones para la ejecución, notificación, registro y legalización de lo actuado ante las autoridades y entidades competentes.
Varios.
Lectura y aprobación del acta de la presente Asamblea.
Garantía de debido proceso
Se deja expresa constancia de que, en el marco de esta Asamblea y de las decisiones posteriores que se adopten respecto de la inclusión, exclusión, suspensión, depuración o regularización de socios, se garantiza plenamente el derecho al debido proceso de todos los miembros, incluyendo su derecho a ser informados, comparecer, presentar documentación, formular alegaciones y ejercer su defensa, conforme al Estatuto de CANAPE.
En tal virtud, la convocatoria instó a todos los socios a acudir y participar en la Asamblea General Extraordinaria, a fin de ejercer sus derechos, conocer de primera mano los asuntos institucionales a resolverse y coadyuvar al proceso de regularización y fortalecimiento de CANAPE.
Miembros convocantes
La autoconvocatoria fue suscrita el 4 de mayo de 2026 por representantes de las siguientes cámaras y organizaciones, conforme consta en el documento oficial publicado.
Documento suscrito para constancia por los miembros activos, a los 4 días del mes de mayo de 2026.
Autoridad institucional
Presidente
Los datos de la autoridad institucional pueden actualizarse desde el administrador del sitio, dado que las dignidades de CANAPE se renuevan conforme al Estatuto.
Compromiso institucional
CANAPE acompaña a las cámaras provinciales y organizaciones gremiales del Ecuador en la construcción de una representación nacional sólida, transparente y cercana a las micro, pequeñas y medianas empresas.
Solicitar información de afiliaciónHablemos
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